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Herramienta del curso

Cómputo de plazos procesales

Calculá vencimientos en días hábiles judiciales, controlá la agenda de todos los expedientes y no dejes que se te pase ninguno.

Los plazos, los criterios de cómputo y el semáforo salen de la lección «Los plazos procesales: lo que no podés olvidar nunca». Los feriados y las ferias los cargás vos: cambian todos los años y cada jurisdicción tiene los suyos.

Leelo antes de usarla

Este cómputo es orientativo y sale de los días inhábiles que vos cargues. Cada fuero y cada jurisdicción tiene su propio reglamento, sus feriados, sus asuetos y sus ferias, y la Corte puede declarar días inhábiles por acordada en cualquier momento.

Verificá siempre el calendario judicial oficial de la jurisdicción antes de dar un vencimiento por bueno. La responsabilidad del control del plazo es del profesional: la herramienta no lo reemplaza ni lo cubre.

1 Datos del plazo

2 ¿El plazo se suspendió o se interrumpió?

Si la suspensión es una feria judicial que ya cargaste en la solapa Días inhábiles, no hace falta repetirla acá: esos días ya no se cuentan.

El plazo se cuenta de nuevo, completo, desde el día hábil siguiente a esa fecha.

Suspensión: el reloj se pausa

Plazo de 15 días, corrieron 6 y se suspende: cuando se reanuda quedan 9. Los días que ya corrieron cuentan.

  • Ferias judiciales (art. 153 CPCCN)
  • Acordada de la Corte que declare días inhábiles
  • Acuerdo de partes homologado (art. 157 CPCCN)
  • Fallecimiento de una parte o su letrado (arts. 43 y 47 CPCCN)
Interrupción: el reloj vuelve a cero

Plazo de 15 días, corrieron 6 y se interrumpe: cuando se reanuda tenés los 15 completos otra vez. Los días anteriores no cuentan.

  • Notificación de una nueva resolución que reemplaza a la anterior
  • Nulidad de la notificación que dio origen al plazo
  • Casos excepcionales previstos por la ley

Control de vencimientos

Los tres pilares del control

1 · Planilla de vencimientos

El registro maestro de todos los plazos de todos los expedientes. Se actualiza todos los días: expediente, tipo de plazo, notificación, vencimiento, estado y responsable.

2 · Calendario con alertas

Cada vencimiento cargado con tres alertas: 7, 3 y 1 día antes, al celular y al mail del abogado y del asistente.

3 · Revisión diaria

Todos los días a primera hora se mira qué vence esta semana y la que viene. Los viernes, revisión ampliada de las próximas dos semanas.

Las cuatro reglas. 1) Nunca confiar en la memoria: se anota en el momento. 2) Doble registro siempre: planilla + calendario; si uno falla, el otro te salva. 3) Verificación cruzada semanal: los viernes la planilla tiene que coincidir con el calendario. 4) Margen de seguridad interno: ponete el vencimiento 2 días antes del real.

Por eso cada expediente de la agenda tiene las dos casillas de registro: si marcás una sola, la herramienta te avisa que el doble registro está incompleto.

Calendario de días inhábiles

Los feriados cambian todos los años y las fechas exactas de las ferias las fija la Corte por acordada, así que los cargás vos. Si trabajás con jurisdicción nacional y provincial a la vez, necesitás los dos calendarios: los días inhábiles pueden no coincidir.

Feriados, asuetos y días inhábiles por acordada

Ferias judiciales

Durante la feria los plazos no corren. Si una notificación se practica en feria, el plazo empieza a correr desde el primer día hábil posterior. Ojo: si el asunto tramita ante el tribunal de feria por ser urgente, esos plazos sí corren.

Cuidado con las ferias generadas. La lección dice que la de verano va del 1 de enero al último día hábil de febrero y la de invierno, la segunda quincena de julio, pero aclara que la fecha exacta la fija la Corte cada año por acordada. Lo que genera el botón es un borrador: corregilo con la acordada en la mano.

Lo que esta herramienta no sabe

  • No conoce los feriados de ningún año: solo usa los que cargues acá.
  • No sabe si tu fuero tiene asuetos propios, ni si hubo una acordada extraordinaria por duelo, emergencia o paro judicial. Monitoreá el sitio del Poder Judicial de tu jurisdicción y suscribite a sus alertas.
  • La lección de plazos no trata el plazo de gracia de las primeras horas del día siguiente, así que la herramienta no lo aplica. Verificalo en el reglamento del fuero.
  • La lección sobre expediente electrónico sí menciona un dato operativo: en su ejemplo, la presentación tenía que estar subida al portal antes de las 14:00 para cumplir el horario de ese día. Confirmá el horario que rige en tu fuero.

Cómputo orientativo. Verificá siempre el calendario judicial oficial de la jurisdicción. El control del plazo es responsabilidad del profesional.

Esta herramienta es parte del curso Curso de Asistente del Profesional del Derecho

Usala gratis para controlar tus vencimientos. El curso de Asistente del Profesional del Derecho te enseña el resto del puesto: expedientes, escritos, el sistema electrónico y la práctica diaria.
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